La legislación veterinaria como fundamento de una política zoosanitaria eficaz

Los retos sin precedente para el control de las enfermedades animales y la gestión de la salud pública veterinaria son cada vez más obvios. El comercio mundial, el cambio climático y la emergencia y resurgencia de enfermedades que pueden propagarse a lo largo de las fronteras más rápido que el periodo de incubación (...)

Los retos sin precedente para el control de las enfermedades animales y la gestión de la salud pública veterinaria son cada vez más obvios. El comercio mundial, el cambio climático y la emergencia y resurgencia de enfermedades que pueden propagarse a lo largo de las fronteras más rápido que el periodo de incubación de la mayoría de las enfermedades animales prioritarias, convierten a los Servicios Veterinarios nacionales en los actores clave para la prevención y control de enfermedades animales y para la mejora de la seguridad alimentaria, la nutrición, la inocuidad de los alimentos, la salud pública veterinaria y el acceso a los mercados de los animales y sus productos. Más aún en aquellos países en los que la pobreza y las enfermedades animales plantean serios problemas cada día que los gobiernos luchan por controlar.

En este contexto, la legislación veterinaria es un elemento infraestructural crítico para todos los países. En varios países Miembros de la OIE, la legislación veterinaria no ha sido actualizada durante varios años y su estructura y contenido resultan obsoletos o inadecuados ante los retos que afrontan los Servicios Veterinarios en el mundo actual.

En la consideración de las características de una legislación eficaz, un punto de partida importante es que los Servicios Veterinarios dispongan de autoridad para ingresar en las explotaciones ganaderas y otros establecimientos y tomar las acciones necesarias para la detección precoz, la notificación y la gestión rápida y eficaz de las enfermedades animales tan pronto como se detecten. Dichas acciones incluyen la capacidad de embargar animales y productos; de imponer bloqueos, cuarentenas, análisis y otros procedimientos; de controlar los animales y los productos en las fronteras; y de exigir la destrucción y el desecho en condiciones seguras de los animales y de todos los artículos que entrañen un riesgo de transmisión de enfermedades y un riesgo para la salud pública. Estas son las actividades principales de los Servicios Veterinarios en el campo del control zoosanitario y de la salud pública veterinaria, y la legislación debe otorgarles como mínimo la autoridad necesaria.

No obstante, hoy el ámbito de acción de los Servicios Veterinarios es mucho más vasto que antes, en el momento en que puede haberse promulgado la legislación. La sociedad tiene expectativas cada vez mayores respecto a los derechos de las personas y el tratamiento de los animales. Es sabido que los propietarios ganaderos pueden mostrarse reacios a notificar las enfermedades y que incluso intentarán esconder los animales enfermos por temor a que las autoridades los embarguen en el marco de su respuesta a un brote sanitario. Para facilitar la notificación de enfermedades, la legislación veterinaria tiene que contemplar la indemnización de los animales y productos embargados con fines de control sanitario según considere conveniente. Los detalles de los arreglos de indemnización pueden ser previstos por otros arreglos específicos, pero la legislación veterinaria deberá incluir las referencias apropiadas.

La emergencia y resurgencia de enfermedades en la interfaz de los ecosistemas humano y animal plantean una preocupación creciente para la OIE y sus Miembros. Los países y los organismos internacionales han respondido globalmente ante esta amenaza con debates en torno al concepto de “Un mundo, una salud”. A nivel nacional, es importante establecer mecanismos para la colaboración y cooperación entre los Servicios Veterinarios y otros servicios gubernamentales, en particular aquellos responsables de la salud pública y el medio ambiente, incluidos los animales salvajes. Una legislación veterinaria moderna debe contemplar vínculos efectivos entre los Servicios Veterinarios y los organismos gubernamentales pertinentes, con una definición apropiada de sus funciones y responsabilidades, y responsabilidades compartidas para la comunicación con las partes interesadas.

Los patógenos a menudo saltan la barrera de especie entre los animales y el hombre, por lo que es importante que la legislación veterinaria disponga salvaguardas adecuados facilitando una comunicación constante entre los Servicios Veterinarios y otras instituciones gubernamentales y contemplando el ámbito de acción común. Los veterinarios deben estar siempre en primera línea para el control de enfermedades animales en la granja, incluidas las zoonosis, pero los Servicios Veterinarios no actúan aisladamente. El marco normativo ha de traducirse en acciones concretas en la explotación y en los establecimientos asociados, lo que depende de la cooperación con las partes interesadas, en particular los veterinarios del sector privado y los productores ganaderos y las empresas de transformación. Algunos conceptos esenciales para el control de las enfermedades, tales como la zonificación y compartimentación, dependen de una colaboración eficaz entre productores y Servicios Veterinarios. La legislación veterinaria debe establecer un marco de cooperación y colaboración con las partes interesadas, que incluya la definición de las funciones y responsabilidades, de los derechos y obligaciones de todos.

Quisiera destacar también que la comunicación con los consumidores sobre cuestiones relativas a la sanidad animal es hoy día una responsabilidad esencial de los Servicios Veterinarios. El comportamiento del consumidor está muy interconectado con la seguridad sanitaria de los alimentos y la prevención de zoonosis, y los Servicios Veterinarios pueden contribuir comunicando claramente sobre los riesgos asociados a los animales vivos y sus productos, y sobre la gestión eficaz del riesgo. Además de la seguridad sanitaria de los alimentos, a los consumidores de varios países les preocupa el bienestar de los animales y buscan información sobre la manera como se produce, transporta y sacrifica el ganado. Los Servicios Veterinarios son los organismos gubernamentales clave encargados de reglamentar y brindar pautas de orientación sobre el bienestar animal. La legislación veterinaria debe establecer marcos normativos apropiados para el bienestar animal, que incluyan mecanismos de colaboración con los productores pecuarios para aclarar sus obligaciones y otros de comunicación con los consumidores y ONG para informarles de los requisitos gubernamentales y brindarles un canal para que planteen sus preocupaciones.

Por eso, la legislación veterinaria debe ser actualizada a fin de hacer frente a estos peligros emergentes y a las expectativas de la sociedad actual. Con este objetivo, la OIE está dando pasos importantes de apoyo a los Miembros. En 2009 la OIE publicó un documento con pautas de orientación destinado a los Miembros (www.woah.org/esp/oie/organisation/E_Guidelines_vet_leg.pdf) que les facilita un marco mínimo para ayudarles a actualizar su legislación nacional conforme a las normas internacionales. Estas directrices también hacen hincapié en que las legislaciones deben respetar escrupulosamente la separación entre el ámbito legislativo y reglamentario tal como lo conciben la Constitución o los textos fundamentales de todos los países, y que los Servicios Veterinarios deben contar con todos los textos legislativos y reglamentarios necesarios para garantizar sus actividades en todo el país.

Las evaluaciones independientes efectuadas por la OIE con carácter voluntario para ayudar a los Miembros a cumplir con las normas de calidad de los Servicios Veterinarios (herramienta PVS de la OIE) consideran que la calidad y la vigencia de la legislación y reglamentación veterinaria nacional son un componente esencial de la excelencia de los sistemas nacionales de control veterinario. Cuando los Miembros que han seguido el proceso de evaluación PVS piden beneficiarse de la siguiente etapa de apoyo, es decir, el proceso de “análisis de brechas”, la actualización de la legislación se convierte en una prioridad para la mejora de la efectividad de los Servicios Veterinarios así como para su conformidad con las normas de calidad.

En 2010 la OIE convocará la primera Conferencia mundial sobre Legislación Veterinaria en Djerba, Túnez (www.woah.org/esp/ES_LEG_VET2010/ESP_first%20announcement.pdf). Animo a todos los Miembros de la OIE así como a todas y todos aquellos que tienen un interés en la lucha contra las enfermedades animales y la salud pública veterinaria a que revisen las directrices ya publicadas en nuestro sitio web, y participen en la conferencia.