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A parte de la FA, peste bovina, PCB y EEB, los Miembros de la OIE tienen la posibilidad de declarar por si mismos el estatus libre todo su territorio o de una zona dentro del territorio de ciertas enfermedades de la lista OIE. En este caso, se aconseja a los Delegados consultar el Código Terrestre o el Código Sanitario para los Animales Acuáticos con el fin de verificar si los requerimientos específicos para la auto-declaración del estatus libre de esa enfermedad en particular son disponibles. En la etapa siguiente, el Miembro OIE, tras haber suministrado la evidencia epidemiológica necesaria, podrá comprobar ante un potencial país importador que la totalidad del país o zona en cuestión cumple con lo previsto en el capítulo específico a la enfermedad. Toda auto-declaración entregada deberá contener las evidencias que demuestren que los requerimientos para el estatus de la enfermedad han sido cumplidos de conformidad con los estándares de la OIE. La auto-declaración de estatus libre para una enfermedad de la lista OIE en particular (a parte de la FA, peste bovina, PCB y EEB) queda bajo la responsabilidad del Miembro involucrado y la OIE no se hace responsable de publicaciones inexactas de auto-declaraciones del estatus de un país o zona con base en información inadecuada, cambios en el estatus epidemiológico u otro evento importante que no haya sido reportado con antelación a la Sede luego del tiempo suministrado para la auto-declaración del estatus libre para dicha enfermedad.
La auto-declaración debe ser firmada por el Delegado Oficial ante la OIE del país Miembro. Los datos transmitidos deben estar conformes a los requerimientos descritos en las medidas estándares que figuran en el Código Terrestre y el Acuático, respectivamente. La auto-declaración podría publicarse en el Boletín OIE por solicitud del Delegado OIE, y a título informativo para todos los Miembros OIE. La auto-declaración a ser publicada debe comprender la información que demuestre que los requerimientos han sido cumplidos como lo describen los estándares OIE.
Haga clic en Procedimientos y políticas oficiales OIE para los Miembros que deseen aplicar para el reconocimiento del estatus zoosanitario para ver la pagina.