Código Sanitario para los Animales Terrestres

Índice | Índice analítico Capítulo 6.7. Título 6. Capítulo 6.9.

Capítulo 6.8.


Seguimiento de las cantidades
de antimicrobianos utilizados
en producción animal



Artículo 6.8.1.


Propósito

El propósito de las presentes recomendaciones es describir un método de seguimiento de las cantidades de antimicrobianos utilizados en producción animal.

Las presentes recomendaciones se destinan a los Miembros de la OIE para que recaben información objetiva y cuantitativa que permita determinar modos de utilización en función de la especie animal, de la clase de antimicrobiano, de su potencia y del tipo de utilización, a fin de evaluar la exposición a los antimicrobianos.


Artículo 6.8.2.


Objetivos

La información que contienen las presentes recomendaciones es esencial para los análisis de riesgos y la planificación, puede ser útil para interpretar los datos procedentes de la vigilancia de la resistencia y puede ayudar a solucionar los problemas de resistencia a los antimicrobianos de manera precisa y específica. Esta información también puede ayudar a evaluar la eficacia de los esfuerzos para la institución de un uso prudente y de estrategias de mitigación (por ejemplo, mediante la identificación de cambios en los hábitos de prescripción de los veterinarios) e indicar cuándo puede ser oportuno modificar los hábitos de prescripción de antimicrobianos, o si los cambios de estos hábitos han alterado el modo de utilización de los antimicrobianos.

La recopilación continua de estos datos básicos también ayudará a dar una indicación de las tendencias en la administración de antimicrobianos a los animales a lo largo del tiempo y de la incidencia de estas tendencias en la aparición de resistencia a los antimicrobianos en los animales.

Para todos los Miembros de la OIE, la información básica mínima recopilada debe ser el peso anual en kilogramos del ingrediente activo del antimicrobiano administrado a los animales destinados a la producción de alimentos. Además, se deberá registrar el tipo de utilización (terapéutica o para acelerar el crecimiento) y la vía de administración (parenteral u oral).

Los Miembros pueden desear considerar, por razones de coste y de eficacia administrativa, la posibilidad de recopilar en un programa único los datos relativos a la utilización de antimicrobianos en medicina, en la cría de animales destinados a la producción de alimentos, en la agricultura y en otros campos. Un programa consolidado también facilitará las comparaciones de los datos de utilización para los animales y para los seres humanos, con vistas a efectuar un análisis de los riesgos relativos, y ayudará a promover una utilización óptima de los antimicrobianos.


Artículo 6.8.3.


Elaboración y normalización de los sistemas de seguimiento

Los sistemas para seguir de cerca la utilización de los productos antimicrobianos se componen de los siguientes elementos:

  1. Fuentes de datos sobre los productos antimicrobianos

    1. Fuentes básicas

      Las fuentes de datos varían de un país a otro. Estas fuentes pueden incluir las aduanas, los datos de importación y exportación, y los datos de fabricación y de ventas de fabricación.

    2. Fuentes directas

      Los datos procedentes de los registros de medicamentos para los animales, de mayoristas, minoristas, farmacéuticos, veterinarios, comercios y fábricas de alimentos para animales, y asociaciones industriales organizadas en los países pueden constituir fuentes eficaces y prácticas. Un mecanismo posible para recabar esta información es establecer que uno de los requisitos para la inscripción de los antimicrobianos en el registro es que los fabricantes proporcionen a la autoridad reguladora la información apropiada.

    3. Fuentes de utilización final (veterinarios y productores de animales destinados a la producción de alimentos)

      Estas fuentes pueden ser apropiadas cuando no se pueden utilizar las fuentes básicas o directas para la recopilación de rutina de esta información y cuando se necesita información más exacta y localmente específica.

      Una recopilación periódica de este tipo de información puede ser suficiente.

      Cuando se redactan recomendaciones sobre la resistencia a los antimicrobianos puede ser importante tener en cuenta factores como la época del año y el grado de enfermedad, las especies afectadas, los sistemas de agricultura (por ejemplo, ganadería extensiva o establecimientos de engorde), el régimen de dosis, la duración y el período de tratamiento con productos antimicrobianos.

      Los procesos de recopilación, almacenamiento y procesamiento de los datos procedentes de fuentes de utilización final pueden resultar ineficaces y caros si no son concebidos meticulosamente y ejecutados correctamente, pero, en principio, presentan la ventaja de producir información exacta y específica.

  2. Categorías de datos

    1. Requisitos relativos a los datos sobre la utilización de los productos antimicrobianos

      Los datos mínimos recopilados deben ser el peso anual en kilogramos del ingrediente activo presente en el(los) antimicrobiano(s) utilizado(s) en la producción de animales destinados a la producción de alimentos. Éstos deben guardar relación con la escala de producción (véase el punto 3 más adelante).

      Para los ingredientes activos presentes en forma de compuestos o derivados, se debe registrar la masa de principio activo de la molécula. Para los antibióticos expresados en Unidades Internacionales, se debe describir el cálculo necesario para convertir estas unidades en masa de principio activo.

      Si un Miembro posee la infraestructura necesaria para captar los datos básicos de utilización de antimicrobianos en producción animal, incluidos los de un antimicrobiano específico, se puede considerar que de esos datos se desprende información adicional contenida en una serie de subdivisiones o niveles de detalle. Este tipo de cascada de niveles debe incluir la información siguiente:

      1. Cantidad absoluta, en kilogramos, de antimicrobiano activo utilizado, por familia de antimicrobiano al año, o de principio químico de un antimicrobiano específico cuando se necesite esta información.

      2. Utilización terapéutica y para acelerar el crecimiento, en kilogramos de antimicrobiano activo específico.

      3. Subdivisión de la utilización de antimicrobianos en fines terapéuticos o de aceleración del crecimiento, por especie animal.

      4. Subdivisión de los datos según la vía de administración, específicamente: con los alimentos, con el agua, por vía inyectable, oral, intramamaria, intra-uterina o tópica.

      5. Puede ser útil que un Miembro añada subdivisiones en función de la estación del año y de la región. (Nota: pueden ser, en particular, las condiciones de gestión o cuando se trasladan los animales de un lugar a otro durante la producción.)

      6. Puede hacerse una división aún mayor de los datos para el análisis de la utilización de los antimicrobianos a nivel regional, local, de rebaño o de veterinarios individuales utilizando los programas informáticos de gestión de la actividad veterinaria como parte de los estudios o auditorías específicos. El análisis de esta información en el contexto local o regional puede ser útil para los médicos y las consultas individuales cuando se ha identificado la presencia de resistencia específica a los antimicrobianos y se necesita información sobre los resultados.

    2. Clases de antimicrobianos

      La nomenclatura de los productos antimicrobianos debe cumplir con las normas internacionales, siempre que existan.

      Se deben tomar decisiones sobre las clases de antimicrobianos que deben ser examinadas y los miembros de clases de estos productos que deben ser incluidos en el programa de recopilación de datos. Estas decisiones deberán basarse en los mecanismos que se conocen actualmente de actividad y resistencia antimicrobiana del antimicrobiano considerado y de su relativa potencia.

    3. Especie y sistemas de producción

      Los países deben llevar un registro de todas las utilizaciones de productos antimicrobianos para las especies animales destinadas a la producción de alimentos (bovinos, ovejas, cabras, cerdos, aves, caballos y peces) y para determinadas enfermedades. Este registro ayudará a identificar cualquier posible utilización no autorizada.

  3. Otra información importante

    La división del ganado en especies y categorías de producción, incluída la de pesos vivos totales, puede ser sumamente útil para cualquier análisis de riesgos o para comparar la utilización de antimicrobianos para los animales con la utilización médica para los seres humanos en un país o entre varios países. Por ejemplo, el número total de animales destinados a la producción de alimentos por categoría y su peso en kilogramos para la producción de alimentos por año (bovinos destinados a la producción de carne, lecheros y de tiro, ovejas destinadas a la producción de carne, de fibra o lecheras, y aves) en el país puede ser una información básica esencial.

2011 ©OIE - Código Sanitario para los Animales Terrestres

Índice | Índice analítico Capítulo 6.7. Capítulo 6.9.